La incorporación a la escala de Oficiales de la Guardia Civil supondrá, la atribución del empleo de teniente y la obtención del título oficial de Grado Universitario correspondiente a las enseñanzas recibidas, que surtirá los efectos previstos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y serán expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
En ambos casos, tendrán que superar las siguientes pruebas:
CRITERIO DE EVALUACIÓN: Nivel A2 sin titulación y mínimo de 42 respuestas válidas y nivel B2 con titulación y 36 respuestas válidas.
Nota: Todo ello sin perjuicio de otras condiciones que se puedan estipular en las respectivas convocatorias.